El impacto de Basilea III en el mercado de oro
La entrada en vigor de la normativa Basilea III introduce nuevas normas reguladoras con el objetivo de reforzar la supervisión y reducir la asunción de riesgos en el sector bancario. Pretende limitar la especulación en la inversión en derivados que tienen el oro como activo subyacente.
La crisis financiera de 2008 hizo evidente que las entidades bancarias no tenían reservas suficientes para hacer frente a una bajada económica y cubrir los riesgos. Esto condujo a la quiebra de grandes bancos y entidades financieras, espoleada por el colapso de Lehman Brothers. El efecto dominó derivó en una de las mayores crisis económicas globales de la historia.
Como respuesta, el Comité de Supervisión Bancaria de Basilea (BCBS) desarrolló y aprobó un conjunto de medidas reguladoras enmarcadas en la normativa Basilea III, que imponen unos requerimientos al sector bancario de implementar políticas de activos diseñadas para reducir la probabilidad que se repita un colapso bancario.
Una gran parte de estos requisitos hacen referencia a las reservas de capital bancario, los tests de estrés o la liquidez de los mercados y, como pasa con el resto de normas del Comité, los miembros se comprometen a implementarlas y aplicarlas en sus jurisdicciones nacionales. Esta reforma de la regulación bancaria entrará totalmente en vigor en Europa el 1 de enero de 2025, pero la normativa en lo referente a las estructuras de liquidez bancaria se empezó a aplicar a los bancos europeos a partir del 28 de junio del 2021.
Reservas suficientes para cubrir el 85% del oro no asignado
Los Fondos de Inversión, contratos de futuros, ETF u otros títulos que tienen el oro como subyacente, pero que no asignan una cantidad de oro físico en lingotes o monedas a los inversores, han permitido el mismo modelo especulativo basado en el dinero FIAT. La nueva regulación quiere poner fin o limitar este modelo de negocio basado en la emisión de títulos apoyados por una cantidad de oro que en realidad no existe, ya que puede generar burbujas financieras desencadenantes de muchas crisis económicas y el subsecuente colapso de bancos.
Así pues, la normativa reclasifica el oro físico, asignado, como un activo de Tier 1 (el nivel más seguro), equiparable al dinero en efectivo, mientras que sigue categorizando el oro papel, u oro no asignado, como Tier 3 (el nivel con más riesgo). Además, obliga al las entidades financieras a mantener unas reservas de capital del 85%, hasta ahora del 0%, para garantizar las transacciones de financiación y compensación de metales preciosos.
Las posibles consecuencias de la reclasificación del oro físico en un activo más seguro pueden disparar el mercado del oro asignado, al mismo tiempo que el oro no asignado acontece una forma de inversión menos deseable. Aun así, tendría que disminuir la tendencia a la manipulación del precio del oro, al menos en los mercados de futuros, porque la manipulación estatal ya es otro tema.
El tiempo dirá cuál es la efectividad de esta nueva normativa a la hora de evitar que los bancos y las instituciones financieras jueguen a la ruleta rusa con dinero que no es suyo. Un juego especulativo donde los contribuyentes siempre acaban pagando el pato. En cualquier caso, se confirma el valor del oro físico como el activo refugio por excelencia.
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Gràcies, Manel!!!
graacieesss
Gràcies a tu, Joan!!!